lunes, 6 de septiembre de 2010

Jornada especial para presentación extemporánea realizará Consejo de Protección de Maracaibo

Como parte de las actividades programas para el noveno aniversario del Consejo Municipal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Maracaibo, a partir de la próxima semana se iniciará una jornada especial para expedir los informes exigidos por la ley para la presentación extemporánea de niños.


La titular del referido despacho, Jackeline Rodríguez, aseveró que el propósito de la jornada es regularizar la situación de cientos de niños, niñas e incluso, adolescentes marabinos, en torno a su inscripción en el Registro Civil de Nacimientos.


Precisó que de esa manera, se garantizan los derechos a un nombre, a una nacionalidad, a la identificación y a ser inscritos en el registro de estado civil, previstos en los artículos 16, 17 y 18 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna).


“La nueva Ley de Registro Civil exige que después de transcurridos 90 días del nacimiento del niño o la niña, la presentación se efectuará previo informe del Consejo de Protección. En tal sentido, creamos un departamento para la atención de esto casos, en aras de brindarles respuesta oportuna a los usuarios. A la fecha, hemos procesado más de mil solicitudes”, apuntó.


Rodríguez dijo que la intención de este tipo de jornadas especiales es dar celeridad a los procesos y proporcionar una alternativa, para que los usuarios realicen sus trámites de una manera rápida y expedita.


“Enmarcamos esta actividad, como parte del aniversario de la institución. Queremos celebrar nuestro noveno año, realzando el trabajo que venimos desarrollando a favor de la población infantil marabina y dando respuestas efectivas a la gente”, agregó.


La directora del Consejo de Protección del Municipio Maracaibo destacó la responsabilidad que tienen los padres, madres, representantes o responsables en coadyuvar en el respeto a los derechos de los niños.


En ese sentido, hizo un llamado de atención para que inscriban oportunamente a sus hijos en el Registro Civil, pues no se justifica a un adolescentes de 16 y 17 años sin su acta de nacimiento y por ende, carente de su cédula de identidad.

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